jueves, marzo 22, 2007

FALLO CONTRA OSDE


La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, sala C condenó a la obra social OSDE a informar en forma adecuada, veraz y suficiente a sus afiliados que en el futuro se abstendrá de aplicar períodos de carencia sobre las prestaciones comprendidas en el Programa Médico Obligatorio.

La demanda había sido iniciada por la asociación Unión de Usuarios y Consumidores.

OSDE utilizaba un formulario de adhesión y un cuadernillo publicitario donde informaba que aplicaba períodos de carencia (tiempos de espera) con respecto a prestaciones contenidas en el Plan Médico Obligatorio.

El Plan Médico Obligatorio son las prestaciones básicas que deben dar las obras sociales y prepagas, sin discriminar entre los planes ni tampoco en la fecha de ingreso al sistema de salud.

Entre otras prestaciones incluye: el plan materno infantil, cobertura del 100% de los medicamentos para casos de insuficiencia renal crónica, enfermedades oncológicas, tuberculosis y anticonceptivos. También el 70% de cobertura del precio de referencia en enfermedades crónicas como por ejemplo: cardiovasculares, tratamientos de prevención primaria y secundaria, enfermedades respiratorias y neurológicas, entre otras.

El fallo es del 27/10/06 pero recién se conoció en estos días.

3 comentarios:

Anónimo dijo...

Daniela, ante todo perdón por consultarte por este medio y este post, un tema no relacionado.
Podrias indicarme que debo hacer con una "Orden de Pago" en la cual la Universidad Abierta interamericana (lugar en el que solo curse 15 días en su momento), me esta reclamando una deuda de 1998??

Gracias por tu tiempo, saludos.
Mauro

Daniela Hacker dijo...

Mauro: Si la Universidad está en la Ciudad de Bs As comunicate con el 0800 999 2727

Si es en la Provincia de Bs As, tenés que hacercarte a una OMIC (Oficina Muncicipal de Información al Consumidor). Para ver la que te corresponde www.consumocuidaddo.gba.gov.ar

Saludos
Daniela

Unknown dijo...

A mi tambien me llego un reclamo de la UAI, por una supuesta deuda de cuota de un colegio (secundario) año 1998. Nunca antes me lo habian reclamado.
Consulte con un abogado y me dijo que no le de bola, que no tiene ningun asidero ese reclamo.