viernes, febrero 16, 2007

ALGUNOS DATOS SOBRE LA PUBLICIDAD Y LOS CONCURSOS



Todo lo que se prometa en una publicidad debe cumplirse.

Parece obvio, pero no lo es. Por lo tanto, si considerás que te vendieron un producto que no cumple con lo que te prometieron en el aviso, podés realizar un reclamo ya sea en la empresa como en los organismos de Defensa del Consumidor.

Además, la ley de defensa del Consumidor dice que:

Todas las ofertas deben contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones.

Si la publicidad dice “hasta agotar stock” se deberá informar la cantidad de unidades de las que se disponen.


Si vas a participar de un concurso recordá que:

Podés participar de un concurso aunque no compres el producto.

Por eso, las empresas deben entregar de forma gratuita el elemento requerido para la participación en al menos un local de cada ciudad donde se lleve a cabo la promoción, durante 4 horas continuas. Esto debe ser informado en todos sus locales. (Decreto 1157/97).

Ante cualquier duda consultá a la Subsecretaría de Defensa del consumidor: 0800 666 1518

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