martes, junio 27, 2006

COBERTURA DURANTE EL EMBARAZO

¿Sabías que, por Plan Materno Infantil, tu obra social o prepaga debe cubrirte el 100% de medicamentos durante el embarazo, como también a tu hijo en el primer año de vida?

Este derecho es parte del Plan médico Obligatorio (PMO) que son todas las prestaciones básicas que, por ley, tienen que brindar las obras sociales y prepagas.

Por lo tanto, no importa el plan que tengas ni tampoco pueden exigirte un tiempo de espera. Sólo tenés que pedirle a tu obstetra o ginecólogo que te haga un certificado de embarazo y presentarlo en tu sistema de salud.

De esta manera, desde el diagnóstico del embarazo hasta el primer mes posterior al nacimiento, deben cubrirte:
- Todos los estudios
- Curso de parto sin dolor
- Internación (ya sea parto vaginal o cesárea)
- Y el 100% de la cobertura de los medicamentos relacionados con el embarazo.

En cuanto al recién nacido deben otorgarle el 100% de cobertura tanto en internación como en ambulatorio.
Además del 100% de los medicamentos esenciales. (Como, por ejemplo, todas las vacunas del calendario).

Con el fin de estimular la lactancia materna, el PMI, no cubre leches maternizadas o de otro tipo, salvo expresa indicación médica.

Si tenés dudas, consultá a la Superintendencia de Servicios de Salud:
0800 222 72583 O al tel.:4344 2800
Av. Roque Saenz Peña 530. Ciudad de Bs As.

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